Resolución 514/1999 de Consejo Superior

  • Temática: No considera, con retroactividad al ciclo lectivo 1999, lo dispuesto en el punto 2 del Reglamento de la Educación de Posgrado de la U.T.N. con relación al plazo previsto de SEIS (6) meses a partir de aceptada la inscripción, para aprobar la prueba de suficiencia de idioma extranjero.
  • Fecha: 25/08/1999