Ordenanza 1541 de Consejo Superior

  • Temática: Modifica el Artículo 32 de la Ordenanza Nº 698, estableciendo que la base del cálculo para los aportes y contribuciones para DAUTeN sea: "el salario de un ayudante de primera equivalente al valor de una dedicación y media exclusiva (1,5) sin antigüedad sujeto a retenciones".
  • Fecha: 12/05/2016